Los derechos humanos
El Sol de México – 3 de julio de 2014
Los llamados derechos humanos deben ser reconocidos y garantizados por el Estado y el Gobierno quienes no pueden otorgarlos ni concederlos en virtud de que son innatos al hombre, al ser humano. La Constitución en su artículo 1º párrafo primero y recogiendo muy rica doctrina dice a la letra: «En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que está Constitución establece». Al respecto procede aclarar lo siguiente. La Carta Magna, desde mi punto de vista, no reconoce de manera expresa ningún derecho humano, aunque sí tácitamente por medio de las garantías individuales que no podrían serlo sin garantizar precisamente aquellos derechos en sus primeros 29 artículos. Y en lo tocante a los tratados internacionales no hay que olvidar que en los términos del artículo 133 deben estar de acuerdo con la propia Constitución, siendo junto con ella y las leyes que emanen de la misma la Ley Suprema de toda la Unión. Sin embargo lo que llama la atención por inconsistente es que se diga que el ejercicio de los derechos humanos podrá suspenderse, en los casos y bajo las condiciones que la misma Constitución establezca. La restricción, limitación o reducción desde luego es factible, pero no la suspensión ya que se trata de derechos inherentes al hombre. Además dicha suspensión no es acorde con el párrafo segundo del mencionado artículo 1º, que a la letra reza así: «Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia». Y no se favorece en todo tiempo a las personas la protección más amplia, lo que corresponde al principio «pro personae» o «pro homine», suspendiendo un derecho innato al hombre. Pero el problema va más allá del artículo 1º extendiéndose hasta el 29 cuando éste se refiere también a la suspensión del ejercicio de los derechos y garantías. Sobre el particular yo creo que ambos artículo citados, el 1º y el 29, atentan contra la norma que yo llamo esencial constitucional, o sea, contra el espíritu de la Carta Magna.
Ahora bien, en la presentación del Programa Nacional de Derechos Humanos 2014-2018 el Presidente Enrique Peña Nieto afirmó que «el Estado Mexicano seguirá combatiendo con determinación prácticas inaceptables, violatorias de la ley y los Derechos Humanos, como la tortura, las desapariciones o la trata de personas». ¿Por qué, me pregunto, no se incluyen en esas prácticas inaceptables, violatorias del espíritu constitucional, las disposiciones de los artículos 1º y 29 concernientes a la suspensión del ejercicio de los derechos humanos, promoviendo su inmediata reforma? Repito, el Estado puede restringir, que es reducir a menores límites, su ejercicio en determinados casos y bajo determinadas circunstancias (el privado de su libertad, por ejemplo, tiene cierta libertad dentro de la cárcel) pero no puede ni debe suspenderlo, que es detenerlo o diferirlo, ya que esos derechos son inherentes e innatos al hombre, y hacerlo implicaría un grave atentado en contra de su dignidad. Y no es cosa de palabras sino de conceptos. En suma, los derechos en cuestión están estrechamente vinculados a la naturaleza humana, al espíritu humano. Por eso yo no soy partidario de extenderlos más allá de lo razonable y me quedo con su división en tres generaciones, propuesta en 1979 por el jurista checo Karel Vasak y fuertemente arraigada en los valores de nuestra cultura occidental. Ir más allá no me convence, hablando de cuarta, quinta y sexta generaciones. Acepto que haya extensiones lógicas de aquellos pero centrando el asunto en la unicidad humana que no se puede ni tampoco se debe diversificar al extremo de sacrificarla. ¡Tantas reformas absurdas y contrarias al Derecho se le han hecho a la Constitución, que sería muy importante depurarla en lo que digo!
La sociedad civil
El Sol de México – 13 de marzo de 2014
El rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, doctor José Narro Robles, propuso el día 8 del mes en curso en la ciudad de Mérida, Yucatán, durante la inauguración del Festival Internacional de la Lectura, que la elección de los miembros del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y del próximo Instituto Nacional Electoral (INE), recaiga en personas que representen auténticamente a la sociedad civil y no a «cuotas o propuestas de partidos políticos»; que sea -dijo- «gente con un adecuado perfil técnico y profesional». El gran problema de México, muy a menudo en proporciones de verdadera tragedia, es que nos gobiernan, dirigen o convocan en un elevado número, personas carentes de cultura, de capacidad técnica o profesional. Son improvisados que llegan al cargo por recomendaciones políticas, presiones económicas o intereses inconfesables. Y a partir de allí a ganar, sea dicho, enormes sumas de dinero, «prestigio» o influencia. Se vuelven de la noche a la mañana los amos del poder. Véalos usted, nos rodean por todas partes, salvo excepciones. Son los servidores públicos cuya responsabilidad regula la Constitución. Hablan y hablan sin parar, prometen, declaran, pronuncian palabras, sólo palabras, lamentablemente nada más que palabras. ¿Pesimismo el mío? No, realidad evidente. Allí está el verdadero mal que enferma a la burocracia, sea ésta del nivel que sea.
Ahora bien, ¿con qué medios cuenta la sociedad civil para expresarse y, llegado el caso, proponer a sus candidatos? ¿Cuál es su verdadera y real influencia? No me refiero a los representantes populares que elegimos periódicamente, de cualquier rango y nivel, porque ya se sabe que en la práctica de su función se alejan del elector, lo desconocen, dicen representarlo pero no lo escuchan, de tal manera que la sociedad civil se queda sin voz auténtica. Hay por desgracia una considerable distancia entre hacer cosas a favor de los gobernados y quiénes las hacen. Para poner un ejemplo extremo es bien sabido que notorios delincuentes reparten su dinero, beneficiando a los más necesitados. En las dictaduras, y es otro ejemplo, el dictador suele ayudar o favorecer de una y mil formas al pueblo, repitiendo la vieja fórmula de «panem et circenses»; repitiéndola y actualizándola, poniéndola al día, con nuevos e incluso deslumbrantes beneficios. Lo cierto es que faltan puentes de unión entre el pueblo gobernado y sus gobernantes, siendo que la voluntad soberana de éste se diluye entre el torbellino de los intereses en juego. Lo que pasa al respecto es que el elegido elige, a su vez, a sus colaboradores sin consultarnos y en una especie de circuito de transmisión de poderes. Por eso reclamamos, pedimos, nos amparamos, viendo de un lado la hipótesis de la democracia, la invocación a la Justicia, la majestad del Derecho, y del otro la realidad apabullante, los oídos sordos de un grupo privilegiado. El rector tiene toda la razón, y qué bueno que la manifieste desde el espacio natural de la inteligencia y la crítica razonada. Además, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) y el próximo Instituto Nacional Electoral (INE), son organismos imprescindibles para que el gobernado participe activamente en el proceso democrático. En tal virtud la sociedad civil, que no las «cuotas» de poder de los partidos políticos, o las influencias de los encumbrados políticamente, debe exigir sus derechos y hacerse representar. No es fácil y hasta parece casi imposible. Sin embargo, la voz del rector tiene resonancia pública muy importante ya que no hay un interés malsano directo ni indirecto en sus palabras. Es, pues, el suyo un llamado a la cordura porque en la Universidad nos guía, única y exclusivamente, la necesidad de que resalten los valores más elevados del espíritu, que tan a menudo se disocian de la dialéctica social. En suma, México requiere que lo representen, en el terreno que sea, personas emanadas de la sociedad civil y con participación directa de los gobernados.
El caso Oceanografía
El Sol de México – 6 de marzo de 2014
Ahora bien, con la reciente reforma energética se cambiaron radicalmente los términos del artículo 27. ¿Querrá decir ello que los nuevos términos amparan a los presuntos responsables? Yo sostengo que no. Desde luego el artículo 14 de la Constitución en su párrafo primero prescribe que «a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna», lo que por ejemplo recoge el Código Penal Federal en su artículo 56, consagrando el principio de aplicación de la ley posterior favorable. Lo que pasa es que desde mi punto de vista la Constitución no se refiere a ella misma sino a las leyes derivadas de ella y, en concreto, al Código Penal. Esto se entiende porque el cuerpo normativo de la Carta Magna no se halla sujeto a cambios radicales, que alteren su sentido histórico y jurídico, salvo uno definitivo que substituya o substituyera sus principios vertebrales, por lo cual ha sido y es tan criticable la reciente reforma constitucional en materia energética. Así es como opera la que yo llamo unidad constitucional. No obstante y si en la especie se cometió un fraude, y me vuelvo a remitir a la información que circula en los medios, fue sin duda el resultado de una maquinación para otorgar concesiones y contratos. No es posible que se diera un fraude al margen de ello. Lo importante es, pues, resaltar el hecho de que se violó la Constitución desde las más altas esferas del poder político con la complicidad de una serie de funcionarios que en la época lo eran de PEMEX, o relacionados con la empresa paraestatal. Es de señalar que no había entonces, ni mucho menos, una Ley Reglamentaria que lo permitiera, y si la hubiera habido sería obviamente anticonstitucional. Se debe averiguar a fondo. Lo contrario es o sería tener conocimiento de algo muy grave y pasarlo por alto. Con la reciente reforma energética, por ejemplo y repito, se ha alterado a mi juicio la forma y el fondo de la Carta Magna. Pero en la época de los hechos a que me refiero la Constitución era muy clara, conservando su espíritu original, y sería catastrófico para la moral pública, para el Estado de Derecho y para la política de honestidad que se pregona, ignorar tal violación de la Ley Suprema. No se trata de venganza política ni tampoco de intereses de partido, aunque la intención pudiera ser esa. Sin embargo el apoyo y sostén constitucional son evidentes y no se debe permitir que los responsables del gobierno de la época, en complicidad con turbios intereses, hayan abusado de sus atribuciones y poder. Es imprescindible que se aclare lo sucedido. Ya se ha demostrado, o tratado de demostrar, que no hay intocables (los casos de Gordillo y del ex gobernador Granier) y que la justicia es igual para todos. Por lo tanto que se actúe conforme a Derecho, con la ley en la mano, y que de allí se pase a una indagatoria seria, legal, respetando garantías constitucionales y exigiendo responsabilidades.